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Productos de Crédito

Crédito de Vivienda

Tener vivienda propia es el sueño de muchas personas, es por esto que, FEBOR pone a tu disposición esta solución de crédito cuyo objetivo es financiar la adquisición de vivienda nueva o usada, construcción, ampliación o remodelación de vivienda, y/o compra de lote.

Financiación
  • -Hasta el 70% para vivienda No VIS.
  • -Hasta el 80% para vivienda VIS.
  • -La financiación se calcula sobre el menor valor entre el avalúo y la promesa de compraventa.
    Beneficio destacado: FEBOR obsequia el estudio de títulos.
¿Cómo solicitar tu crédito de vivienda?
1. Solicita tu crédito

Presenta tu solicitud y FEBOR realizará el análisis integral de tu crédito, incluida tu capacidad de pago.

2. Recibe tu aprobado

Conoce el monto aprobado y avanza con mayor seguridad en el proceso de compra de tu vivienda.

3. Busca o confirma tu vivienda

Si ya tienes identificada la vivienda que deseas adquirir, continúas con el trámite. Si aún no la has seleccionado, puedes buscarla con base en el monto aprobado.

4. Entrega los documentos

Adjunta los soportes requeridos para el análisis del inmueble y de la operación.

5. Estudio de títulos

FEBOR verifica que el inmueble se encuentre legalmente en orden para continuar con el proceso.

6. Minuta y notaría

Una vez validada la documentación, FEBOR elabora la minuta y la remite a la notaría correspondiente.

7. Firma de escritura

El comprador, el vendedor y FEBOR formalizan la operación mediante la firma de la escritura pública.

8. Registro y desembolso

Después de la firma, la escritura ingresa a registro. Cuando el certificado de tradición y libertad queda a nombre del comprador y la hipoteca a favor de FEBOR, se realiza el desembolso del crédito.

Documentos clave

Para el trámite del crédito pueden requerirse, entre otros, los siguientes documentos:

  • -Avalúo del inmueble.
  • -Promesa de compraventa.
  • -Escritura pública.
  • -Certificado de tradición y libertad.
Condiciones importantes
  • -La hipoteca en segundo grado solo se permite cuando la primera hipoteca corresponde al Banco de la República.
  • -En estos casos, la suma de los créditos otorgados por las entidades prestadoras no podrá superar el 70% del valor financiable.
  •  

*Aplican términos y condiciones.

 
 

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